Respaldo parcial a la ley de poblados costeros

Publicado en por ME QUEDO BOBA

Europa Press. Santa Cruz de Tenerife

 

El Tribunal Constitucional ha fallado parcialmente a favor de la Ley de Canarias 7/2009 de 6 de mayo que modifica el texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias.

2263810421_7876156c3f.jpgSe mantiene la suspensión sobre el artículo primero que abogaba por permitir nuevas construcciones en lugares donde haya acceso rodado o zonas consolidadas, pero se levanta dicha suspensión sobre los artículos 2 y 3. En ellos se concede a la Administración urbanística la potestad para fijar el límite interior de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre; así como la elaboración de un censo de edificaciones que, ubicadas en el dominio marítimo-terrestre, tengan un valor etnográfico, arquitectónico o pintoresco.

cho-vito_antes_derribo_6oct08_32.jpgAsí se recoge en el fallo emitido por el Constitucional el pasado mes de diciembre cuando estaba a punto de terminar el plazo de cinco meses para el cumplimiento de la suspensión de la ley después de que el Gobierno de España acudiera a los tribunales para revocar la modificación aprobada por el Parlamento canario el pasado año, tras los derribos del pueblo costero de Cho-Vito, entre otros.

Los fundamentos jurídicos esgrimidos por el Pleno del Tribunal Constitucional han subrayado que "en materia de suspensión cautelar la cho-vito_antes_derribo_6oct08_34.jpgsalvarguarda del interés ecológico merece la condición de interés preferente, dada la fragilidad e irreparabilidad de los perjuicios que se podrían producir en caso de su perturbación, por lo que sólo cabe admitir su subordinación a otros intereses públicos o privados de carácter patrimonial".

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